IMPUESTO SOBRE NÓMINAS CDMX

SUBCONTRATACIÓN - NUEVAS REGLAS APLICABLES EN 2021

IMPUESTO SOBRE NÓMINAS CDMX

  Dic 29, 2020

Siguiendo la tendencia a nivel federal respecto de la regulación a los diversos esquemas de outsourcing, subcontratación o tercerización de servicios, a partir del 1º de enero del 2021 en la Ciudad de México existe una nueva obligación para quienes contraten o subcontraten servicios proporcionados por terceros contratistas, consistente en la presentación de un aviso ante la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México. 

A fin de dar debido cumplimiento a la nueva regulación, es importante distinguir entre contratos de prestación de servicios celebrados antes y después de la entrada en vigor de la nueva reforma. Respecto de los primeros, los contribuyentes deberán presentar el aviso dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor, mientras que respecto de los segundos, el aviso se deberá presentar a más tardar dentro de los 10 días siguientes a la celebración del contrato respectivo.

El aviso en cuestión deberá contener (i) original o copia certificada del contrato celebrado, (ii) número de trabajadores que presten los servicios, y (iii) datos de identificación fiscal y domicilio fiscal del contratista. En caso de incumplimiento, los contratantes podrán hacerse acreedores a una multa de entre $3,713.00 y $9,413.00 pesos. 

El cumplimiento exacto de esta nueva obligación acarrea diversos retos, puesto que -entre otros temas-  no se establece con claridad a qué tipo de servicios va dirigida la norma, si debe distinguirse respecto a si se pone personal a disposición del contratante; tampoco se prevé un análisis previo del objeto social del contratante y la especialidad de los servicios contratados, la forma de dar exacto cumplimiento a la nueva regulación, entre otros. 

Por tal motivo, en KROY Abogados nos encontramos a sus órdenes para analizar la situación particular de cada uno de nuestros clientes, y definir con precisión los alcances de esta nueva obligación y su relación con las normas federales aplicables en la materia.

 

César G. Castañeda

Socio

ccastaneda@kroy.com.mx